Hogar
 
La vivienda es una de las principales inversiones que realizamos a lo largo de nuestra vida. Por lo tanto merece la pena protegerla para poder disfrutar de ella en plenas condiciones durante toda nuestra vida. Para ello un seguro de hogar nos dará la tranquilidad que necesitamos para descansar. 

El seguro de Multirriesgo Hogar cubre las consecuencias económicas derivadas de los daños materiales que sufra el asegurado en su patrimonio. Es específico para pisos, viviendas unifamiliares y chalets, ya que se ha estudiado a la medida de las necesidades propias del ámbito doméstico, garantizando múltiples riesgos en una sola póliza.
Continente: en general todo aquello que constituye el edificio vivienda, tales como el conjunto de cimientos, suelos, muros, paredes, tabiques,
cubiertas, techos, anexos y dependencias tales como garajes, trasteros,
pabellones o similares, instalaciones fijas en jardines tales como vallas, cercas, árboles, piscinas e instalaciones deportivas, etc.
Se consideran que forman parte del edificio los falsos techos, moquetas, parquet, entelados, estucados, papeles pintados y madera adheridos al suelo, paredes y techos. Igualmente se encuentra incluido, en la proporción que corresponda, las partes comunes del edificio, cuando el asegurado sea copropietario del mismo y en caso de insuficiencia o inexistencia de seguro establecido por la comunidad de propietarios.
Contenido:
Mobiliario: cosas u objetos que se hallen dentro de la vivienda o en dependencias anexas, terrados, patios o jardines del edificio asegurado y que sean propiedad del asegurado, de sus familiares o del personal doméstico a su servicio, tales como el conjunto de bienes muebles, enseres domésticos o de uso personal, víveres y provisiones, antenas exteriores de receptores de radio y/o televisión, etc.
Objetos de valor especial: cuadros, obras de arte, antigüedades, objetos de plata o marfil, aparatos de imagen o sonido que superen una determinada cantidad, etc.
Joyas y alhajas: objetos de oro, platino, piedras preciosas o perlas, metales preciosos en lingotes, monedas de oro y colecciones filatélicas y numismática, etc.

Garantias contratables: (a continuacion se exponen ejemplos ilustrativos de los siniestros que normalmente cubren las compañias con la reserva de que cada compañia tiene su propio condicionado general, etc...) 
· Incendio
· Explosión
¿que se cubre normalmente?
se prende el aceite de la sarten y arde la campana extractora y otros muebles de cocina.
su bombona de butano explosiona y rompe paredes y puertas
¿que no se cubre?
la colilla de un cigarro produce un agujero en un sillon
hace tiempo que no se pinta la cocina y el techo esta ensombrecido de tanto cocinar.
· Inundación
· Daños eléctricos
¿que se cubre normalmente?
una tormenta electrica ha quemado el cuadro de luz.
una sobretension del suministrador de energia electrica ha dejado sin funcionar su televisor, video, lavavajillas y su ordenador personal.
¿que no cubren?
el televisor ha dejado de funcionar sin saber por qué.
· Daños por agua
¿que se cubre normalmente?
su hijo pequeño ha dejado el grifo abierto y el agua de la bañera se ha desbordado produciendole daños en el parquet.
su lavadora se estropea y se desborda causando daños en la tarima del pasillo. se le reparará los daños sufridos en la tarima.
¿que no cubren?
el grifo de la cocina se ha roto impidiendo su apertura.
la reparacion de una tuberia que gotea sin que la fuga de agua produzca daños.
· Fenómenos atmosféricos
¿que cubren normalmente?
cae un pedrisco en la zona y afecta a varias viviendas. le ha roto el toldo y dos persianas.
¿que no cubren normalmente?
se olvido cerrar su ventanan y el granizo ha penetrado al interior de su vivienda causandole daños en la alfombra y en un sillon.
se hace una barbacoa en su casa y el humo le mancha las paredes del salon.
· Rotura de lunas y cristales
¿que suelen cubrir?
se cae una cacerola y rompe el cristal de la placa vitroceramica.
una corriente de aire le rompe el cristal de la puerta del salon
se rompe el cristal de la mesita de noche
¿que no suelen cubrir?
se le cae un objeto sobre la bañera y le hace un desconchon.
se le rompe un plato de cristal.
se le rompen sus gafas de sol y su reloj de pulsera.
· Igualmente abarca los siguientes gastos derivados del siniestro:
· Tasas de bomberos
· Gastos de demolición y desescombro
· Reposición de documentos destruidos
· Coste de un alojamiento provisional
· Gastos de traslado temporal de muebles y objetos personales
· Pérdida de ingresos por alquileres
· Robo, expoliación, hurto fuera del hogar, extensivo al cónyuge e hijos que convivan habitualmente en la vivienda asegurada
¿que se cubre normalmente?
le asaltan con una navaja en un cajero automatico y le quitan  el dinero y su cazadora.
destrozan la cerradura de su vivienda y le roban el tv, el dvd y la mini cadena.
¿que no cubren?
se ha dejado la bicicleta en el cuarto de bicicletas comunitario y ha desaparecido.
de su coche aparcado le sustraen su movil y sus gafas de sol.
· Responsabilidad civil
¿que se cubre normalmente'
su hijo jugando con el balon, rompe el cristal de la ventana de un vecino:
una maceta de su vivienda se cae y causa daños a un viandante.
atropella a un peaton cuando pasea con su bicicleta.
¿que no se cubre? 
circula usted con su motocicleta y atropella a una persona.
· Responsabilidad civil como propietario de animales domésticos
· Defensa y reclamación
· Seguro de Accidentes para el personal doméstico