nuevoLas normas que debes cumplir cuando vayas en patinete.

08-08-2022 09:43
Fuentes: Helvetia Seguros
 

Patinetes eléctricos con asiento: ¿Cuál me compro? ¿Son legales?Los patinetes eléctricos han llegado para quedarse. Por ello, si vas a coger uno, debes estar al día sobre las nuevas normas que rigen a este nuevo vehículo de movilidad personal.

 

La llegada de varias empresas de alquiler de patinetes eléctricos a España propició que su fama creciera, y, desde entonces, cada vez son más los ciudadanos que han optado por esta forma de desplazarse. Son sencillos de conducir, y te los puedes llevar a cualquier sitio debido a que se pueden plegar fácilmente. Además, contribuyen a una movilidad sostenible en la ciudad.

Así, tanto el negocio de alquiler de estos patinetes, como el negocio de su propia compra, se han extendido muy rápido en muy poco tiempo, y podemos ver hoy en día las vías públicas de las grandes ciudades repletas de este medio de transporte. Pero, con este "boom", llegó también la controversia, ya que existía un vacío legal en cuanto a su uso. Esto ha hecho plantear una nueva legislación para este medio de transporte, y actualmente la DGT ya se ha pronunciado al respecto, dejando claro sus normas de uso. Por ello te resumimos las últimas novedades legislativas sobre este tema, para que las tengas en cuenta si usas este medio de transporte a diario.

No se podrá circular con patinetes eléctricos por las aceras y las zonas peatonales. Tampoco se podrá hacer por vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías que comuniquen poblaciones. De igual manera queda prohibida la circulación por túneles urbanos. Por tanto, el uso de los patinetes y de los demás vehículos de movilidad personal (MVP) debe limitarse a las vías urbanas y a los carriles propios para ellos. La sanción por no respetar esta norma es de 100 euros.

La velocidad máxima permitida para estos vehículos es de 25 km/h. No cumplir esta norma supone una sanción de 500€ y la inmediata inmovilización del vehículo.

También está prohibido usar el móvil mientras se circula con patinete. Esta infracción se considera grave y la multa es de 200 euros. Tampoco se puede llevar auriculares.

En cuanto al casco, tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico, su uso ya es obligatorio en todas las ciudades. De manera que, si un usuario circula sin casco, podrían inmovilizarle el vehículo y, además tendría una sanción de 200 euros.

También está prohibido montar en patinete bajo los efectos de las drogas y el alcohol. La tasa máxima de alcohol permitida es de 0,25 mg/l de aire expirado y de 0,15 mg/l para los conductores noveles y profesionales. Mientras que los menores de edad si quieren usar estos vehículos, no deberán haber consumido nada de alcohol. La multa por superar la tasa de alcoholemia puede ser de entre 500-1.000 euros y la inmovilización del vehículo. Mientras que, si la prueba de drogas da positivo, la sanción será de 1.000 euros.

Por otra parte, hay que recordar que los patinetes son vehículos uniplaza, por lo que está prohibido que vaya más de una persona montada en él. La sanción por no respetar esta norma es de 100 euros.

Además, ahora se debe tener una ficha técnica del patinete donde se muestre la conformidad de la Comunidad Europea (CE) y en la que se demuestre que el vehículo cumple las normas establecidas de acuerdo con las especificaciones aportadas por el fabricante.

Otra de las principales novedades de la nueva Ley de Tráfico, es la obligatoriedad de contar con un certificado de circulación. De manera que todos los patinetes eléctricos que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 deberán tener este certificado.

A pesar de todas estas normas generales, hay que tener en cuenta que cada municipio tiene sus leyes concretas donde delimitan las normas de circulación dentro de su provincia o comunidad. Por este motivo conviene que antes de circular con un patinete por la ciudad, consultes la normativa que tiene al respecto.

En cuanto a la contratación de un seguro para patinetes, aunque de momento sólo es obligatorio en algunas ciudades, la DGT recomienda su contratación. Aquí puedes encontrar más información sobre el seguro para patinetes y otros vehículos de movilidad personal de Helvetia Seguros.

Es muy probable que todas estas leyes vayan cambiando y actualizándose en un futuro, ya que la legislación de estos patinetes se está revisando constantemente, así que deberemos estar atentos a las próximas novedades.

La llegada de varias empresas de alquiler de patinetes eléctricos a España propició que su fama creciera, y, desde entonces, cada vez son más los ciudadanos que han optado por esta forma de desplazarse. Son sencillos de conducir, y te los puedes llevar a cualquier sitio debido a que se pueden plegar fácilmente. Además, contribuyen a una movilidad sostenible en la ciudad.

Así, tanto el negocio de alquiler de estos patinetes, como el negocio de su propia compra, se han extendido muy rápido en muy poco tiempo, y podemos ver hoy en día las vías públicas de las grandes ciudades repletas de este medio de transporte. Pero, con este "boom", llegó también la controversia, ya que existía un vacío legal en cuanto a su uso. Esto ha hecho plantear una nueva legislación para este medio de transporte, y actualmente la DGT ya se ha pronunciado al respecto, dejando claro sus normas de uso. Por ello te resumimos las últimas novedades legislativas sobre este tema, para que las tengas en cuenta si usas este medio de transporte a diario.

No se podrá circular con patinetes eléctricos por las aceras y las zonas peatonales. Tampoco se podrá hacer por vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías que comuniquen poblaciones. De igual manera queda prohibida la circulación por túneles urbanos. Por tanto, el uso de los patinetes y de los demás vehículos de movilidad personal (MVP) debe limitarse a las vías urbanas y a los carriles propios para ellos. La sanción por no respetar esta norma es de 100 euros.

La velocidad máxima permitida para estos vehículos es de 25 km/h. No cumplir esta norma supone una sanción de 500€ y la inmediata inmovilización del vehículo.

También está prohibido usar el móvil mientras se circula con patinete. Esta infracción se considera grave y la multa es de 200 euros. Tampoco se puede llevar auriculares.

En cuanto al casco, tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico, su uso ya es obligatorio en todas las ciudades. De manera que, si un usuario circula sin casco, podrían inmovilizarle el vehículo y, además tendría una sanción de 200 euros.

También está prohibido montar en patinete bajo los efectos de las drogas y el alcohol. La tasa máxima de alcohol permitida es de 0,25 mg/l de aire expirado y de 0,15 mg/l para los conductores noveles y profesionales. Mientras que los menores de edad si quieren usar estos vehículos, no deberán haber consumido nada de alcohol. La multa por superar la tasa de alcoholemia puede ser de entre 500-1.000 euros y la inmovilización del vehículo. Mientras que, si la prueba de drogas da positivo, la sanción será de 1.000 euros.

Por otra parte, hay que recordar que los patinetes son vehículos uniplaza, por lo que está prohibido que vaya más de una persona montada en él. La sanción por no respetar esta norma es de 100 euros.

Además, ahora se debe tener una ficha técnica del patinete donde se muestre la conformidad de la Comunidad Europea (CE) y en la que se demuestre que el vehículo cumple las normas establecidas de acuerdo con las especificaciones aportadas por el fabricante.

Otra de las principales novedades de la nueva Ley de Tráfico, es la obligatoriedad de contar con un certificado de circulación. De manera que todos los patinetes eléctricos que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 deberán tener este certificado.

A pesar de todas estas normas generales, hay que tener en cuenta que cada municipio tiene sus leyes concretas donde delimitan las normas de circulación dentro de su provincia o comunidad. Por este motivo conviene que antes de circular con un patinete por la ciudad, consultes la normativa que tiene al respecto.

En cuanto a la contratación de un seguro para patinetes, aunque de momento sólo es obligatorio en algunas ciudades, la DGT recomienda su contratación. Aquí puedes encontrar más información sobre el seguro para patinetes y otros vehículos de movilidad personal de Helvetia Seguros.

Es muy probable que todas estas leyes vayan cambiando y actualizándose en un futuro, ya que la legislación de estos patinetes se está revisando constantemente, así que deberemos estar atentos a las próximas novedades.

La llegada de varias empresas de alquiler de patinetes eléctricos a España propició que su fama creciera, y, desde entonces, cada vez son más los ciudadanos que han optado por esta forma de desplazarse. Son sencillos de conducir, y te los puedes llevar a cualquier sitio debido a que se pueden plegar fácilmente. Además, contribuyen a una movilidad sostenible en la ciudad.

Así, tanto el negocio de alquiler de estos patinetes, como el negocio de su propia compra, se han extendido muy rápido en muy poco tiempo, y podemos ver hoy en día las vías públicas de las grandes ciudades repletas de este medio de transporte. Pero, con este "boom", llegó también la controversia, ya que existía un vacío legal en cuanto a su uso. Esto ha hecho plantear una nueva legislación para este medio de transporte, y actualmente la DGT ya se ha pronunciado al respecto, dejando claro sus normas de uso. Por ello te resumimos las últimas novedades legislativas sobre este tema, para que las tengas en cuenta si usas este medio de transporte a diario.

No se podrá circular con patinetes eléctricos por las aceras y las zonas peatonales. Tampoco se podrá hacer por vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías que comuniquen poblaciones. De igual manera queda prohibida la circulación por túneles urbanos. Por tanto, el uso de los patinetes y de los demás vehículos de movilidad personal (MVP) debe limitarse a las vías urbanas y a los carriles propios para ellos. La sanción por no respetar esta norma es de 100 euros.

La velocidad máxima permitida para estos vehículos es de 25 km/h. No cumplir esta norma supone una sanción de 500€ y la inmediata inmovilización del vehículo.

También está prohibido usar el móvil mientras se circula con patinete. Esta infracción se considera grave y la multa es de 200 euros. Tampoco se puede llevar auriculares.

En cuanto al casco, tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico, su uso ya es obligatorio en todas las ciudades. De manera que, si un usuario circula sin casco, podrían inmovilizarle el vehículo y, además tendría una sanción de 200 euros.

También está prohibido montar en patinete bajo los efectos de las drogas y el alcohol. La tasa máxima de alcohol permitida es de 0,25 mg/l de aire expirado y de 0,15 mg/l para los conductores noveles y profesionales. Mientras que los menores de edad si quieren usar estos vehículos, no deberán haber consumido nada de alcohol. La multa por superar la tasa de alcoholemia puede ser de entre 500-1.000 euros y la inmovilización del vehículo. Mientras que, si la prueba de drogas da positivo, la sanción será de 1.000 euros.

Por otra parte, hay que recordar que los patinetes son vehículos uniplaza, por lo que está prohibido que vaya más de una persona montada en él. La sanción por no respetar esta norma es de 100 euros.

Además, ahora se debe tener una ficha técnica del patinete donde se muestre la conformidad de la Comunidad Europea (CE) y en la que se demuestre que el vehículo cumple las normas establecidas de acuerdo con las especificaciones aportadas por el fabricante.

Otra de las principales novedades de la nueva Ley de Tráfico, es la obligatoriedad de contar con un certificado de circulación. De manera que todos los patinetes eléctricos que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 deberán tener este certificado.

A pesar de todas estas normas generales, hay que tener en cuenta que cada municipio tiene sus leyes concretas donde delimitan las normas de circulación dentro de su provincia o comunidad. Por este motivo conviene que antes de circular con un patinete por la ciudad, consultes la normativa que tiene al respecto.

En cuanto a la contratación de un seguro para patinetes, aunque de momento sólo es obligatorio en algunas ciudades, la DGT recomienda su contratación. Aquí puedes encontrar más información sobre el seguro para patinetes y otros vehículos de movilidad personal de Helvetia Seguros.

Es muy probable que todas estas leyes vayan cambiando y actualizándose en un futuro, ya que la legislación de estos patinetes se está revisando constantemente, así que deberemos estar atentos a las próximas novedades.